SCJN evaluará preeminencia de Constitución sobre tratados externos

16 de Febrero de 2014
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México, 16 Feb. (Notimex).- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) comenzará a debatir, a partir mañana lunes, un conjunto de seis expedientes que tienen como denominador común el tema del arraigo.

La importancia de estos asuntos, dos acciones de inconstitucionalidad y cuatro amparos en revisión, es que permitirá abordar “el tema de temas: la jerarquía normativa entre los tratados internacionales y la Constitución”, de acuerdo con la ministra Olga Sánchez Cordero.

Sobre dichos casos, tres son del ministro Jorge Pardo Rebolledo, quien se ha manifestado por la preeminencia de la Constitución sobre los tratados internacionales, en similares términos que su homólogo Alberto Pérez Dayán, quien es ponente de una de las acciones de inconstitucionalidad.

En tanto, el ministro José Ramón Cossío Díaz, ponente de los otros amparos en revisión a debate, se ha pronunciado a favor del principio pro persona contenido en la Constitución Política que permite sobreponer los tratados internacionales a la Carta Magna, cuando estos representan una protección mayor a los derechos de las personas.

Cuando se discutió la jerarquía normativa sobre el caso, a raíz de la reforma en materia de Derechos Humanos de 2011, se produjo una división en la SCJN aún no aclarada, pues las implicaciones del debate se entendieron de diferentes maneras en el foro jurídico y el engrose oficial aún no ha sido publicado.

En esa ocasión, la mayoría aceptó que los tratados internacionales y la Constitución tienen la misma jerarquía normativa, pero otro grupo sostuvo que cuando la Constitución mantiene una restricción específica, ésta debe prevalecer sobre los tratados internacionales.

Una de las acciones de inconstitucionalidad y tres amparos en revisión están relacionados con el Artículo 291 de la legislación penal para Aguascalientes. Esta norma se refiere al arraigo del inculpado con la vigilancia del Ministerio Público y sus auxiliares para que no evada la justicia.

La otra acción de inconstitucionalidad está relacionada con el Artículo 132 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo que propone el arraigo bajo vigilancia del agente de investigación en el domicilio que señale la autoridad solicitante, que será distinto a las áreas de detención.

El arraigo es una figura que en México tiene fundamento constitucional, aunque es violatoria de los tratados internacionales, en particular de la Convención Americana de Derechos Humanos que da origen al Sistema Interamericano de Derechos Humanos del que México es parte y al que está vinculado de manera obligatoria, según lo ha establecido la SCJN.

Al respecto, la ministra Olga Sánchez Cordero explicó en breve entrevista que dicha Convención no restringe la libertad personal de la misma manera en que lo hace la Constitución Política de México.

Asimismo adelantó que el debate que se inicia mañana lunes será fuerte, difícil y complejo, pero sin duda importante y trascendente, no sólo por el tema del arraigo, sino por la relación entre los tratados internacionales y la Constitución.

Para abordar estos asuntos en las fechas previstas, los ministros decidieron suspender la resolución de la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, referente a la Ley de Extinción de Dominio del Distrito Federal, aunque ya le habían dedicado tres sesiones, sin llegar a una conclusión.

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