Aprueban reformas a Código Penal de Campeche

12 de Noviembre de 2013
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Campeche, 12 Nov. (Notimex).- El Congreso local aprobó reformas a diversas disposiciones del Código Penal del Estado, entre ellas el incremento de la penalidad del delito de robo, por tratarse de uno de los de mayor incidencia.

En el código se incorporó la especificación de las figuras de comisión de esa falta atendiendo a quienes resulten víctimas como menores de edad, personas con discapacidad y mayores de 60 años, por presentar mayor vulnerabilidad.

También se aplicarán sanciones más severas cuando el que cometa robo haya sido o sea miembro de algún cuerpo de seguridad pública o privada, porque por su condición denota el conocimiento del ilícito y su mayor grado de temibilidad ante la víctima.

Será castigado con mayor rigor el hurto sobre material, infraestructura o parte de ésta, que proporcione suministro de agua, energía eléctrica o cualquier otro servicio público o privado, en respuesta al aumento de esa modalidad que produce daños en inmuebles y objetos destinados al servicio de la comunidad.

Además se aumentó las penas en los casos de encubrimiento por receptación, con el fin de que quien reciba una prenda en venta, o bajo cualquier otro concepto, tome las precauciones o providencias indispensables para asegurarse de que quien se la entrega tiene derecho a disponer de ella.

Se incrementaron los castigos a quienes cometan el delito de violación, considerado en el Código Sustantivo Penal como grave, con la finalidad de salvaguardar la libertad y el normal desarrollo psicosexual de las personas, y en consideración de la gran afectación física y psicológica de las víctimas.

Dicho aumento pondrá a la par a la entidad con los demás estados de la Península de Yucatán, pues actualmente en el Código vigente la penalidad prevista para este tipo de delitos es la más baja en la región.

También se elevó el castigo a quienes incurrán en el incumplimiento de obligaciones alimentarias y se perseguirá por querella cuando el sujeto pasivo sea el cónyuge, concubina o concubinario y de oficio cuando el sujeto del abandono sea cualquier otra persona respecto de quien el activo tenga la obligación de proporcionar alimentos.

De igual forma contempla incorporar al marco normativo penal la figura del asalto como delito grave, ya prevista en el anterior Código Penal, puesto que en el Código sustantivo vigente no se encuentra tipificada la acción de uso de violencia sobre una persona en despoblado o en paraje solitario.

Asimismo, se agravará la penalidad a quienes cometan el delito de despojo en grupo o grupos de tres o más personas, a los autores intelectuales y a quienes dirijan la invasión, con la finalidad de que los responsables no tengan derecho a libertad provisional bajo caución.

El presidente de la Junta de Gobierno y Administración, Edgar Hernández Hernández, puntualizó que estas reformas obedecen a la necesidad de hacer valer el estado de derecho, dar certeza jurídica a la propiedad y a la posesión legítima, inhibiendo prácticas ilícitas como las invasiones.

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