Comisión Electoral de Nuevo León fija en 4.9 mdp donativos a partidos

01 de Febrero de 2015
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Monterrey, 1 Feb 15 (Notimex).- La Comisión Estatal Electoral en Nuevo León (CEENL) fijó en cuatro millones 992 mil 994 pesos la cifra máxima que cada partido podrá recibir por aportaciones en dinero de simpatizantes, de frente al proceso electoral del presente año en la entidad.

Durante sesión del organismo electoral se aprobó limitar en 499 mil 299 pesos, como máxima cantidad anual que cada persona física o moral podrá aportar a un partido, incluidos militantes, afiliados, precandidatos y candidatos.

Lo anterior, señaló, con base en los topes de campaña 2015 para gobernador, fijados en octubre pasado en 49 millones 929 mil 949 pesos, y considerando no exceder el 10 por ciento de éstos en las aportaciones que recibirá cada partido, y de uno porcentual respecto de lo que aportará cada persona física.

La CEENL explicó que el financiamiento de la militancia está conformado por las cuotas de sus afiliados y de las voluntarias y personales que los candidatos aporten exclusivamente para su precampañas o campañas, establecidas en forma libre por la dirigencia u órganos competentes de cada partido.

Para los partidos políticos Movimiento Ciudadano, Demócrata, Cruzada Ciudadana, Morena, Humanista y Encuentro Social, el límite total de aportaciones 2015 que podrán recibir de simpatizantes, será de un monto menor al aprobado como financiamiento público 2015.

Ello, debido a que éste es menor al límite de las aportaciones establecidas, mientras que en el caso de los candidatos independientes, el organismo establecerá las cifras cuando se conozca cuáles y cuántos candidatos obtuvieron su registro.

Durante la sesión, el Consejo General de la CEENL aprobó el registro de la Asociación Política Estatal “Joven”.

Se explicó que las asociaciones políticas estatales son agrupaciones de ciudadanos para tratar los asuntos políticos del país o del estado, pero no tienen como objetivo la organización de la ciudadanía para participar en los procesos electorales.

Dichas asociaciones sólo pueden participar en procesos electorales mediante acuerdo de participación con un partido político, no pueden hacerlo en coaliciones, ni utilizar, bajo ninguna circunstancia, las denominaciones de “partido” o “partido político”.

Las agrupaciones deben registrarse ante el organismo electoral y están sujetas a las obligaciones y procedimientos de fiscalización, presentando un informe anual sobre el origen y destino de los recursos que reciban por cualquier modalidad.

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